MiFID (Markets in Financial Instruments Directive) es una directiva europea que regula la prestación de servicios de inversión, traspuesta a la normativa española por la Ley 47/2007, de 19 de diciembre, por la que se modifica la Ley 24/1988 del Mercado de Valores y el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.
MiFID II es la Directiva 2014/65 y se basa en la mejora de las reglas ya adoptadas por MiFID. Su entrada en vigor fue el 3 de enero de 2018.
En cumplimiento de la normativa MiFID, Colonya clasifica sus productos según su complejidad y su nivel de riesgo, en tres grupos diferenciados:
Productos NO MIFID: son los que no resultan afectados por la normativa MiFID.
Productos MiFID – No complejos
Productos MiFID – complejos
Colonya considera clientes MiFID aquellos que tengan o contraten cualquier producto MiFID (complejo o no complejo). Con el objetivo de ofrecer a cada cliente un nivel adecuado de información y protección en base a su formación y experiencia inversora, se establecen tres categorías o tipos de cliente, relacionados por orden de menor a mayor nivel de protección a recibir de la entidad:
La MiFID prevé dos tipos de evaluación o test que, según las circunstancias, deberá realizar el cliente:
Colonya tiene externalizada la ejecución y transmisión de órdenes en Banco Cooperativo Español, como consecuencia a continuación se detalla las Políticas de Mejor Ejecución publicadas por esta entidad, para cada uno de los productos.
Para cumplir con los objetivos de protección al cliente que MiFID define en relación con la ejecución de órdenes de clientes, Banco Cooperativo Español ha adoptado todas las medidas razonables para obtener el mejor resultado posible para sus clientes, teniendo en cuenta diferentes variables, tales como el precio, los costes, la rapidez, la probabilidad de ejecución y liquidación, el volumen, la naturaleza o cualquier otra consideración pertinente para ejecutar las órdenes de los clientes.
La política de Mejor Ejecución se aplicará a todos los clientes definidos como minoristas o profesionales.
Banco Cooperativo evalúa anualmente el diseño y el funcionamiento de la Política de Mejor Ejecución adoptada para la totalidad de tipologías de instrumentos financieros negociados, independientemente del canal a través del cual se opere. Para ello, se revisa la lista de centros de ejecución e intermediarios potenciales identificados para cada instrumento financiero, así como la selección final de centros de ejecución e intermediarios financieros a través de los cuales se ejecutarán o transmitirán las órdenes de los clientes. Adicionalmente a la evaluación anterior, Banco Cooperativo verificará que desde la revisión anterior se ha cumplido efectivamente la política de Mejor Ejecución previamente definida.
Con la entrada en vigor de MiFID II, anualmente, se publicarán los principales intermediarios y centros de ejecución que transmiten órdenes de clientes para cada clase de producto financiero, así como información sobre la calidad de ejecución obtenida.
Principales centros de ejecución
Colonya tiene externalizada la salvaguarda de instrumentos financieros en Banco Cooperativo Español. Como consecuencia a continuación se detalla la Política de Salvaguarda de Activos de esta entidad.
Política de Salvaguarda de activos
Esta política establece medidas adecuadas y específicas que garantizan la salvaguarda de los instrumentos financieros y de los fondos de los clientes y, en concreto, la efectiva distinción de los activos de un cliente de los de otros clientes y de los de la propia Entidad y su exactitud y su correspondencia con los instrumentos y fondos de los clientes, realizando conciliaciones periódicas con fuentes externas, en caso de utilización de terceras entidades como subdepositarios.
En ocasiones, los intereses de las entidades financieras pueden entrar en conflicto con los de sus clientes. Para tratar adecuadamente estas posibles situaciones, y en cumplimiento de la normativa vigente, Colonya dispone de una Política sobre Conflictos de Interés específica para el ámbito del mercado de valores.
Política de gestión de conflicto de interés
La Política de incentivos informa de la existencia, naturaleza y cuantía de las comisiones, honorarios o beneficios no monetarios que Colonya puede recibir o bien pagar a terceros. Con el fin de proporcionar una mayor claridad sobre el cobro o pago de incentivos le indicaremos su cuantía previamente a la contratación de la operación. Cuando no sea posible determinar su importe exacto, se facilitará un método de cálculo o una estimación de su cuantía. En este caso, se le comunicará posteriormente el importe exacto.
Política de incentivos de Colonya
Contrato tipo de custodia y administración de instrumentos financieros
El Reglamento Interno de Conducta (RIC) es un conjunto de normas y directrices que una empresa que opera en el ámbito del mercado de valores establece para regular el comportamiento de sus empleados en relación con la negociación de valores y la divulgación de información. Este reglamento tiene como objetivo garantizar la integridad y la transparencia en las operaciones financieras de la empresa, así como prevenir posibles conflictos de interés.
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