BIC/SWIFT: CECAESMM056
@COLONYA, CAJA DE AHORROS DE POLLENÇA actúa bajo la denominación comercial de "Colonya, Caixa Pollença" o de "Colonya", Plaza Mayor, nº 7, 07460, Pollença, Baleares. CIF G07000045. Entidad de crédito, de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro y finalidad social, independiente de cualquier otra empresa o entidad. Inscrita en el Registro Especial de Cajas de Ahorro del Banco de España con el número 2056, en el Registro Oficial de Cajas de Ahorro del Gobierno de las Islas Baleares con el código IB-E01 y el Registro Mercantil de Baleares al tomo 895, folio 161, hoja núm. PM-4452, inscripción primera. CÓDIGO LEI: 95980020140006025332.
En cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, informamos a nuestros clientes que las sus datos personales (nombre, NIF, fecha de nacimiento, números de cuenta y el tipo de relación y fecha de apertura o cancelación) son declarados en el Fichero de Titularidades Financieras. El responsable de este fichero es la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, y el Servicio Ejecutivo de la Comisión (SEPBLAC) es el encargado del tratamiento.
Normativa sobre transparencia de las operaciones bancarias y protección a la clientela
Guía de acceso al préstamo hipotecario
Información trimestral sobre comisiones y tipos de interés (anexo 1 de la circular 5/2012 BdE)
Tipos de interés y comisiones de descubiertos (anexo 2 de la circular 5/2012 BdE)
Contrato tipo de custodia y administración de instrumentos financieros
Obligación de declaración de movimiento de medios de pago
Información sobre el Fondo de Garantía de Depósitos
Impreso de información a los depositantes
COLONYA, CAIXA D'ESTALVIS DE POLLENÇA está adherida al Código de Buenas Prácticas, que establece el Real Decreto Ley 6/2012 de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos; a las modificaciones posteriores introducidas por la ley 1/2013, de 14 de mayo; por el Real Decreto Ley 1/2015, de 27 de febrero y por el Real Decreto Ley 5/2017, de 17 de marzo.
Este Código de Buenas Prácticas establece un conjunto de actuaciones para la reestructuración de las deudas con garantía hipotecaria sobre vivienda habitual, encaminadas a la protección del deudor hipotecario.
Aquellos deudores que se encuentren situados en el denominado "umbral de exclusión" y no puedan hacer frente al pago de la hipoteca podrán solicitar acogerse a estas medidas de protección, siempre que cumplan las condiciones requeridas y acrediten formalmente su situación.
COLONYA, CAIXA D'ESTALVIS DE POLLENÇA ha elaborado un documento informativo donde se resumen los principales aspectos regulados en el Real Decreto Ley 6/2012: requisitos necesarios para poder acogerse a las medidas de protección, la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de estos requisitos, las condiciones de la vivienda, el proceso de tramitación y los mecanismos de reestructuración de la deuda.
Los clientes que deseen acogerse a las medidas de dicho Código deben dirigirse a su oficina de COLONYA donde recibirán información más extensa sobre plazos, documentación a presentar y condiciones requeridas. Además en la misma oficina podrán recoger los impresos de solicitud.
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Condiciones Generales Préstamo Hipotecario LCCI
En cumplimiento de la Circular 2/2019, de 29 de marzo, del Banco de España, "sobre los Requisitos del Documento Informativo de las Comisiones y del Estado de Comisiones, y Los Sitios web de comparaciones de cuentas de pago" presentamos los documentos informativos de comisiones de las diversas cuentas de pago para particulares que ofrecemos.
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